El alquiler de viviendas está en alza. ¿La razón principal? El acceso a pisos en propiedad se ha complicado tras la crisis. Los bancos rara vez financian el 100 % del valor del inmueble (porcentaje que, en muchos casos, se necesita). Estos aspectos hace que muchos de nosotros nos decantemos por el arrendamiento.
Si eres de los que busca
piso en alquiler, seguramente, aquí encuentres respuesta a muchas dudas previas que pueden resultar de gran utilidad.
Antes de firmar un contrato de alquiler
Inspeccionar la vivienda a fondo. Llevados por la ilusión de haber encontrado la vivienda ideal, podemos obviar detalles que, más tarde, nos pueden pasar factura. Comprobar a fondo el estado del piso que queremos arrendar es fundamental. Comprobar el correcto funcionamiento de electrodomésticos, desperfectos en paredes, suelos, mamparas, etc. Para que no nos puedan reclamar, más adelante, nada.
Titularidad de los suministros. La luz, el agua y el gas deben ir a nombre del inquilino. Es importante saber si los suministros están dados de alta y, simplemente, corresponde realizar un cambio de titularidad (lo que, en la mayoría de los casos, es gratuito). De no ser así, las altas nuevas llevan un coste que debemos contemplar.
Ley de Arrendamientos. Tras el cambio en esta ley, es importante saber que ahora los contratos se firman por un periodo de un año, prorrogable hasta tres. Aunque las condiciones particulares puedan variar en función de lo que acuerden ambas partes.
Seguro de Impago. Que el propietario quiera realizar un seguro de este tipo no significa que desconfíe de nosotros. Frente a los avales bancarios o las infinitas fianzas que se pedían en el pasado, estos seguros únicamente buscan justificar unos ingresos con los que hacer frente a la cuota de alquiler.
Negociación de la renta y duración con el propietario. Como comentábamos antes, una cosa es lo que marque la Ley de Arrendamientos y otra es lo que pactemos, directamente, con el arrendador. El precio del alquiler y su duración tendrán que quedar claros antes de la firma del contrato.
Obligaciones
Como arrendatarios, estamos obligados al pago mínimo de una fianza, al pago mensual de la renta (lo más cómodo es dar una orden permanente al banco), a no subarrendar la vivienda, a dejarla en las mismas condiciones en las que la encontramos tras la rescisión del contrato, a realizar todas las reparaciones derivadas del mal uso por parte del inquilino o a respetar las normas de la comunidad.
Tener claros todos estos conceptos nos ayudará a no cometer ningún fallo con el que tengamos que cargar durante toda la duración del contrato.